PAIS VASCO: Nueva deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social de empleo
Descubra la nueva deducción en Sociedades por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social de empleo
Las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social de empleo distintas de las realizadas a planes de previsión preferentes integrados en entidades de previsión social voluntaria (EPSV) dan derecho a una deducción en la cuota líquida del impuesto. Veamos en qué consiste:
¿Cuál es la base de la deducción?
Es la suma de las contribuciones imputadas fiscalmente a las personas trabajadoras derivadas de la negociación colectiva.
¿Qué requisitos deben cumplirse para aplicar la deducción?
Las contribuciones empresariales deben ser:
- ≥ 1,5% del salario bruto anual total en la entidad empleadora; o
- a favor de personas menores de 36 años a fecha de devengo del impuesto.
¿Cuál es el importe de la deducción?
El 10% en la cuota líquida del impuesto.
¿Qué ocurre entre 2025 y 2029?
Para los periodos impositivos iniciados entre el 1-1-2025 y el 31-12-2029, para potenciar una implantación progresiva del sistema cuando no se alcanzan las exigencias mínimas; esto es, si las contribuciones empresariales son inferiores al 1,5% del salario bruto anual total de la entidad empleadora, sepa que va a poder aplicar una deducción del 5%.
Nuestras profesionales le explicarán al detalle la nueva deducción y le ayudarán a aplicarla.
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