BIZKAIA: Llega la campaña de Sociedades
Estas son algunas cuestiones que le ayudarán en su autoliquidación.
¿En qué plazo debo presentar mi autoliquidación?
En los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la finalización del periodo impositivo. Esto significa que las entidades que hayan concluido el periodo impositivo correspondiente al ejercicio 2025 el 31 de diciembre deben presentar su autoliquidación entre el 1 y el 27 de julio (el 25 y 26 de julio, son sábado y domingo, respectivamente).
¿Cómo tengo que presentarla?
De forma telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. Para su confección y presentación, tenga en cuenta lo siguiente:
√ Entidades sometidas a la normativa de Bizkaia: deben utilizar las aplicaciones web habilitadas al efecto en la sede electrónica de la Diputación de Bizkaia.
√ Entidades sometidas a la normativa de Araba, Gipuzkoa o de territorio común, que tributan en Bizkaia en proporción al volumen de operaciones: deben utilizar los medios informáticos desarrollados por su propia Hacienda, y, después, el programa de conversión de ficheros disponibles en la web de la Diputación de Bizkaia. Así, obtendrán el fichero que deben transmitir a través de la sede electrónica de esta para completar la presentación.
¿Qué medios de pago puedo utilizar?
√ Si la autoliquidación es a devolver, se exige la domiciliación bancaria. Hacienda de Bizkaia ha de tener constancia de la titularidad del Código IBAN y de que esa titularidad corresponde al declarante.
√ Si el resultado es a ingresar, puede optarse por realizar el pago mediante la domiciliación bancaria, mediante carta de pago, o a través de los demás medios disponibles en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Nuestros profesionales le informarán sobre todos los detalles de esta campaña.
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