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Extranjería

Anulación de expulsión por el Tribunal Constitucional por falta de motivación

Un ciudadano ruso fue sancionado con expulsión de España y prohibición de entrada durante 5 años por estar en situación irregular (sin prórroga de estancia ni autorización válida). La Administración sostuvo, como base de su decisión, que el afectado no llevaba documentación, que no constaba domicilio conocido y que tenía 5 detenciones, incluida una ese mismo día por un presunto abuso sexual a menor. También indicó que no había aportado explicaciones suficientes sobre su estancia ni intentos de regularizar su situación.

El afectado recurrió en la vía contencioso-administrativa diciendo que la decisión estaba mal motivada y que se había saltado el principio de proporcionalidad, porque no se valoraron sus circunstancias personales. Alegó, entre otras cosas, que no tenía condenas, que aquella detención no había acabado en condena, que había acreditado identidad (con documentación ligada a su madre), que tenía domicilio estable (empadronamiento), tarjeta sanitaria, una posible oferta de trabajo, y que su madre lo mantenía.

Aun así, el juzgado y el TSJ confirmaron la expulsión. Después se intentó un recurso de casación, pero no se admitió.

El Tribunal Constitucional (TCo) le da la razón cuando establece que la Administración aplicó la norma de forma irrazonable, imponiendo la expulsión sin explicar agravantes concretos y apoyándose de forma errónea en la Directiva de retorno, dándole un «efecto directo inverso» (recordando que una directiva no puede por sí sola crear obligaciones para particulares). Además, criticó que los tribunales intentaran añadir motivos nuevos no usados en la resolución administrativa, algo que no procede, y que la simple noticia de detenciones sin condena no basta para justificar proporcionalmente una expulsión. Por ello, anuló la sanción y las resoluciones judiciales.

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